Han tenido que pasar varios años desde que echara a andar el Canon Digital allá por 2006 (aunque ha sufrido algunas transformaciones por el camino), gracias a los cavernícolas que nos gobiernan, nos han gobernado y nos gobernarán, para que el sentido común imperase y lo echara por tierra.
Ha sido gracias al Tribunal Supremo, que por fin ha declarado nulo e inaplicable el real decreto 1657/2012 que regulaba la obligación a una compensación a los autores por las copias de sus obras que hacemos entre particulares, sea o no con ánimo de lucro.
Esta compensación salía de los Presupuestos Generales del Estado, por lo que ya no es solo que cobraban un canon al que compra un soporte susceptible de ser usado para contener una copia con derechos de autor, sino que además tiraba del dinero los españoles, ya hicieran uso o no de ese tipo de soportes, independientemente de su finalidad.
Esta sentencia del Tribunal Supremo viene después de que en junio la Unión Europea ya lo declarase ilegal.
Habrá que esperar que movimiento se sacan de la manga la mafia política de turno una vez que las arcas de sus socios de las entidades que rigen los derechos de autor empiecen a resentirse tras cerrárseles, una vez más, el grifo.
Vía El Español.